El Gobierno aumenta el IVA general al 18% y suprime la deducción de los 400 euros
La vicepresidenta segunda, Elena Salgado, presenta la reforma fiscal que prevé un aumento de ingresos de un punto sobre el PIB
La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Economía, Elena Salgado, ha presentado, tras una reunión del Consejo de Ministros que ha tenido lugar en sábado para esperar a que el presidente, José Luis Rodríguez Zapatero, pudiera volver de EE UU, la reforma fiscal que plantea el Gobierno dentro de los Presupuestos Generales del Estado para 2010. La vicepresidenta, que ha querido insistir en que España es uno de los países europeos con menor recaudación de IVA sobre el PIB, ha explicado que el IVA de carácter general subirá del 16% actual al 18 % a partir del 1 de julio de 2010, mientras que el IVA reducido subirá del 7 al 8% y el IVA súper reducido, el que se aplica a los alimentos básicos, se mantendrá en el 4%.
Tipos de IVA :
- IVA generalizado. Se aplica a los productos de carácter general, desde la ropa, electrodomésticos, tabaco, bebidas alcohólicas y todo aquel que no se especifique en los otros dos apartados. A partir de la reforma del IVA aprobada hoy por el Consejo de Ministros, estos productos se gravarán desde julio de 2010 con un 18%, frente al 16% con el que se gravaba hasta ahora.
- IVA reducido: Los bienes y servicios en esta categoría pasarán a soportar a partir de julio de 2010 un IVA del 8% frente al 7% actual. En esta categoría se incluyen una amplia y variada gama, desde la entrada a espectáculos culturales (cine, teatro, toros), servicios de hostelería (restaurantes, bares), vivienda, transporte de viajeros, pasando por peluquerías, servicios prestados por intérpretes y artistas, gafas graduadas, hasta los servicios funerarios.
- IVA supe reducido: Los bienes y servicios de primera necesidad se gravan con un 4% sobre su valor, como son la mayoría de los alimentos (pan común, huevos, quesos, verduras, hortalizas, frutas...) medicamentos, las viviendas de protección oficial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario